Senadores ya no dictarán sentencias



ÁLVARO GARCÍA LINERA.

La Ley 044, para el juzgamiento de autoridades, será modificada dando al Senado la potestad solo para destituir a los magistrados procesados y no así emitir una condena penal en su contra, tarea que será delegada al Órgano Judicial. El vicepresidente Álvaro García señaló que esta disposición entraría en vigencia antes del 4 de diciembre próximo.

“Nos hemos reunido con la procuraduría, los presidentes de ambas cámaras, senadores y diputados y hemos coincidido en que es necesario perfeccionar la Ley 044 de juzgamiento para primeras autoridades y magistrados. En las siguientes horas se hará la introducción de un artículo que diferencia la acción sancionatoria del Senado en el juicio de autoridades, que llega hasta la destitución de cargos, dejando la parte penal a cargo de la justicia ordinaria”, manifestó la autoridad.

Hasta el momento, el tribunal de sentencia, conformado por la Cámara de Senadores, tenía ambas potestades de manera fusionada, es decir que destituía cargos y también daba una sanción penal, dos aspectos que ahora serán divididos para un mejor funcionamiento.

En este sentido, las autoridades que sean destituidas ya no regresarían a sus cargos, sin que esto signifique que no puedan volver a ejercer alguno similar, para luego, si así correspondiera, pase a la justicia ordinaria para recibir una sanción penal.

Para la autoridad, este perfeccionamiento que correrá de manera inmediata, una vez sea propuesto en la Cámara de Diputados, no entraría en acciones anticipadas ni viola la necesidad de tener un jurado plural, a pesar de no contar con representantes de la oposición.

“El que no exista oposición, no es nuestra culpa, si ellos no quieren trabajar no se los puede traer enmanillados, es un tema de responsabilidad”, manifestó García Linera.

Para el senador de Convergencia Nacional, Marcelo Antezana, en esta modificación en el caso de las primeras autoridades no es coherente que en un juicio de responsabilidades exista un delito penal conexo.

“Cuando es juicio de responsabilidades existe una ley que determina quiénes son los juzgadores y debe terminar ahí, aquí no debe haber aplicación de privilegios para unos y para otros no”, manifestó el senador, a tiempo de señalar que esta medida no quitaría el cuestionado tinte político observado en estos procesos y que debe revisarse si el destituir a una autoridad por simple decisión parlamentaria sin un proceso judicial no va en contra de la Constitución.

 
Revistas
Publicidad
Portada de HOY

JPG (824 Kb)      |       PDF (416 Kb)



Cotizaciones
1 Dólar:6.96 Bs.
1 Euro:8.55 Bs.
1 UFV:2.00571 Bs.

Publicidad