[Severo Cruz]

No se justifica la ocupación chilena


Agustín Aspiazu, en una de sus obras, escribe, sobre el tema “Ocupación”, este concepto: “Para que la ocupación de un país inhabitado y sin dueño confiera derecho al ocupante debe estar acompañada de una posesión real” (Véase “Dogmas del Derecho Internacional”, Artículo 29, edición de 1872, Pág. 52).

En consecuencia, tomando como punto de referencia este acápite para nuestro comentario, es bueno recalcar que el Departamento Litoral pertenecía, desde tiempos remotos, a la jurisdicción boliviana y que no estuvo abandonado por las autoridades nacionales ni regionales.

El libertador Simón Bolívar, mediante decreto expedido en fecha 28 de diciembre de 1825, dispuso, he aquí la prueba, la habilitación de la caleta Cobija, como puerto mayor del país. “Se arreglarán allí las oficinas correspondientes a la exacción y seguridad de los derechos pertenecientes a la Hacienda Pública”, señala el Artículo 2 de dicha disposición legal.

Y el Mariscal Antonio José de Sucre, con la Ley sancionada el 24 de febrero de 1827, pone en conocimiento lo siguiente: “Art. 1.- Los efectos extranjeros que se importen en la República por el Puerto de la Mar (Cobija), sólo pagarán el 2% de derechos. Art. 2.- Si las circunstancias obligan a aumentar estos derechos, se anunciará su alteración un año antes de ejecutarse” (J.B. Pentland: “Informe sobre Bolivia – 1826 –“, 1975, Pág. 195).

Asimismo “el Presidente Santa Cruz creaba por decreto de 26 de octubre de 1832 un servicio semanal de correos entre Potosí y Cobija. Al siguiente año dictaba en Calama otro decreto fechado en 3 de enero, sobre administración de correos, y postas” (Julio Díaz Arguedas: “Expedicionarios y exploradores del suelo boliviano”, Tomo 2do., 1971, Pág. 19).

Y Antofagasta fue fundada como un hito ratificatorio del dominio territorial boliviano sobre el Pacífico. El hecho se registró durante el gobierno de Mariano Melgarejo al correr el año 1868.

Por lo visto nuestra región costera siempre estuvo en la agenda de quienes conducían los destinos nacionales desde mucho antes de la salvaje invasión anglo – chilena. Pues Bolivia había sentado soberanía en ese jirón patrio con las medidas gubernamentales asumidas oportunamente. Estas señales, que buscaron progreso por el bien común, son manifestaciones inequívocas de una posesión real boliviana.

En este marco creemos convenientemente puntualizar que el Departamento Litoral, en el momento de la agresión de 1879, no estuvo despoblado ni desatendido sino, posiblemente, desguarnecido. Por ello no se justifica, desde ningún punto de vista, la ocupación militar chilena de nuestra costa, que marcó el centenario encierro geográfico, cuyos alegatos históricos son objeto de análisis y debate, en La Haya. Son alegatos con un alto contenido de verdad histórica, que respaldarán, en todos los tiempos, la pretensión boliviana de recuperar su salida libre, útil y soberana, al Pacífico. Si se viabiliza este propósito Bolivia y Chile se integrarán, en definitiva, en los diferentes rubros que contempla una relación diplomática bilateral. Entonces este último país habrá superado los gestos de enemistad.

En suma: no se justifica ni se justificará la ocupación militar chilena de nuestro Litoral.

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