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Definirá si es constitucional o no

TCP admitió consulta sobre “ley de garantías” y frenó al Senado

> La pasada semana, la presidenta de la Cámara Alta, Eva Copa, anunció que promulgará dicha norma porque después de los 10 días de enviada al Ejecutivo, la Jefa de Estado, no promulgó la misma


LA CÁMARA DIPUTADOS SANCIONÓ EL 15 DE ENERO LA “LEY DE GARANTÍAS”.
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El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) informó ayer que admitió la consulta previa de constitucionalidad presentada por la presidenta Jeanine Áñez a la Ley de Cumplimiento de Derechos Humanos, más conocida como “ley de garantías” que sancionó el Movimiento Al Socialismo (MAS) en la Asamblea Legislativa. Es decir, con el análisis constitucional de los magistrados, se suspende la promulgación que anunció la pasada semana la presidenta del Senado, Eva Copa.

En conferencia de prensa, el presidente del TCP, Paul Franco, informó que el organismo determinó analizar la constitucionalidad de la norma propuesta por encargo del expresidente Evo Morales a los legisladores del MAS.

“El tratamiento queda paralizado hasta que el Tribunal Constitucional, a través de su Sala Plena pueda resolver en el fondo y pronunciarse sobre la constitucionalidad o la inconstitucionalidad de este proyecto de ley”, informó Franco, según reporte de Erbol.

En ese marco, el TCP emitió dos autos constitucionales en los que admitió dos acciones distintas en contra de la misma norma: Una corresponde a la consulta de constitucionalidad planteada por el Gobierno de la presidenta Jeanine Áñez, y otra al recurso directo de nulidad planteado por el senador Óscar Ortiz del Movimiento Social Demócrata (MSD).

El proyecto de ley fue aprobado en la Asamblea por la bancada del MAS, bajo el argumento de precautelar a dirigentes y políticos de una presunta persecución política. La norma generó polémica debido a que el Gobierno y sus aliados consideran que dará impunidad a exautoridades de Evo Morales y responsables de hechos de violencia durante la convulsión social de noviembre.

El auto constitucional que admite la consulta es el 0027/2020, que señala que se suspende el procedimiento de aprobación de ese proyecto de ley ante la ALP. El documento lleva la firma de los magistrados Gonzalo Hurtado, Julia Cornejo y Petronilo Flores y, a partir de la fecha, el TCP tendría un plazo de 40 días para emitir una sentencia, explicó el viceministro de Coordinación y Gestión Gubernamental, Israel Alanoca.

La presidente Áñez presentó el recurso de consulta previa de constitucionalidad del proyecto de ley el 17 de enero de 2020, para que el TCP haga una revisión exhaustiva de ese proyecto de ley de garantías aprobado por el Legislativo, además de solicitar una medida cautelar para detener el procedimiento en la Asamblea.

Las observaciones y cuestionamientos se centran en el artículo 7, que habla de garantías constitucionales a la libre locomoción, derecho al trabajo y libertades constitucionales para líderes sociales y dirigentes sindicales, cívicos y políticos dentro del territorio nacional.

Para Unidad Demócrata la aprobación de esa Ley busca asegurar la impunidad de varios dirigentes del MAS y principalmente de Evo Morales involucrados en delitos de terrorismo, sedición, crímenes de lesa humanidad, de organización criminal, actualmente asilados y otros en conflictos con la Ley.

La presidenta Jeanine Añez reiteró en varias oportunidades que no promulgaría el mencionado proyecto de ley porque vulneraría la Constitución y además porque intenta hacer una dualidad en compensaciones económica, propugnar inmunidad para algunas personas y permitir la injerencia del Ejecutivo sobre otros órganos e instituciones del Estado.

LEY DE EVO MORALES

El líder del MAS y expresidente Evo Morales, desde su asilo en México -su primer destino después que abandonó Bolivia- proyectó la “ley de garantías” que fue impulsada por sus parlamentarios en el Legislativo desde noviembre del año pasado.

“En México hemos tenido la iniciativa de proyectar una ley de garantías a los dirigentes sindicales, a los dirigentes de sectores sociales, a exautoridades, sin embargo este proyecto de ley original ha sido totalmente cambiado. No tengo las últimas modificaciones aprobadas del Senado”, reveló el 12 de enero el propio Morales a la radio cocalera Kawsachun Coca.

Bajo esa batuta, dos días antes el viernes 10 de enero, los dos tercios del MAS en el Senado aprobaron el denominado “Proyecto de Ley de garantías para el ejercicio pleno de los Derechos Constitucionales”.

Posteriormente, el 15 de enero, la Cámara de Diputados, sancionó la Ley de Garantías Constitucionales con el nombre diferente de Ley de Cumplimiento de Derechos Humanos, en el marco de una sesión tensa por el rechazo de las bancadas de Unidad Demócrata y el Partido Demócrata Cristiano. Sin embargo, el MAS impuso la norma con sus dos tercios argumentando que no se trata de una norma que otorgue impunidad, sino que encamina “una investigación imparcial y el resarcimiento económico por las personas fallecidas”, durante los hechos suscitados desde el 21 de octubre.

NO PUEDE HABER IMPUNIDAD

El ministro de la Presidencia, Yerko Núñez, afirmó el jueves que la admisión de la consulta de constitucionalidad del proyecto de Ley de Garantías (Ley de Cumplimiento de Derechos Humanos) por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) evita la impunidad que pretende el Movimiento Al Socialismo (MAS).

“Saludamos la admisión de la consulta de control previo sobre la constitucionalidad del proyecto de ley porque consideramos que no puede haber impunidad”, afirmó en conferencia de prensa.

El ministro manifestó que el Gobierno nacional no va a “tapar delitos”, y dijo que lo que actualmente se manifiesta en Bolivia es respeto por la Constitución Política del Estado (CPE) y la garantía de los derechos humanos.

“Que haya un tema de delitos y que se quiera buscar la impunidad, obviamente no vamos a respaldar eso es lo que ha dicho hoy el TCP (...) lo que pretende el MAS es tapar delitos”, puntualizó la autoridad.

Por su parte, el senador de Unidad Demócrata (UD), Oscar Ortiz, afirmó que la admisión del TCP a sus observaciones de forma al proyecto de Ley de Garantías mediante el auto constitucional 025/2020, señala la incompetencia de las autoridades recurridas para la promulgación de esa norma aprobada de manera irregular por la bancada de senadores del MAS.

La senadora Eva Copa no podrá promulgar la ley en consulta hasta el pronunciamiento definitivo del TCP sobre el recurso de nulidad interpuesto, que dentro los plazos procesales se establecen 45 días, señaló.

Ortiz denunció el proyecto de ley en consulta está viciado de nulidad debido a que los procedimientos para su aprobación violan tanto la CPE como el Reglamento de la Cámara de Senadores.

El pasado 6, Copa anunció que, previo análisis jurídico y administrativo, promulgará 17 leyes que fueron observadas y devueltas por el Gobierno de la mandataria Jeanine Áñez, entre ellas estaba la ley de garantías.

LEY DE EVO MORALES

El líder del MAS y expresidente Evo Morales, desde su asilo en México –su primer destino después que abandonó Bolivia– proyectó la “ley de garantías” que fue impulsada por sus parlamentarios en el Legislativo desde noviembre del año pasado.

“En México hemos tenido la iniciativa de proyectar una ley de garantías a los dirigentes sindicales, a los dirigentes de sectores sociales, a exautoridades, sin embargo este proyecto de ley original ha sido totalmente cambiado. No tengo las últimas modificaciones aprobadas del Senado”, reveló el 12 de enero el propio Morales a la radio cocalera Kawsachun Coca.

Bajo esa batuta, dos días antes, el viernes 10 de enero, los dos tercios del MAS en el Senado aprobaron el denominado “Proyecto de Ley de Garantías para el ejercicio pleno de los Derechos Constitucionales”.

Posteriormente, el 15 de enero, la Cámara de Diputados sancionó la Ley de Garantías Constitucionales con el nombre diferente de Ley de Cumplimiento de Derechos Humanos, en el marco de una sesión tensa por el rechazo de las bancadas de Unidad Demócrata y el Partido Demócrata Cristiano. Sin embargo, el MAS impuso la norma con sus dos tercios argumentando que no se trata de una norma que otorgue impunidad, sino que encamina “una investigación imparcial y el resarcimiento económico por las personas fallecidas”, durante los hechos suscitados desde el 21 de octubre.

 
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