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Expertos coinciden

TSE debe aplicar CPE para habilitar candidatos

> Presidente del Tribunal Supremo Electoral, en días pasados, informó que hoy se dará a conocer la lista de candidatos en observación que quedarán habilitados a participar en las elecciones de mayo. De acuerdo al Calendario Electoral, la lista oficial de candidatos habilitados se publicará entre el viernes 21 y domingo 23 de este mes


WALDO ALBARRACÍN, MIEMBRO DEL CONADE.
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El Tribunal Supremo Electoral (TSE) debe cumplir la Constitución Política del Estado (CPE) e impedir que Evo Morales y otros, sean candidatos en las próximas elecciones del 3 de mayo, si no cumplen los requisitos estrictamente; coincidieron en afirmar el experto constitucionalista José Luis Santistevan y el exrector de la Universidad Mayor de San Andrés (Umsa) y miembro del Consejo Nacional de Defensa de la Democracia (Conade), Waldo Albarracín.

El artículo 149 de la CPE señala: “Para ser candidata o candidato a la Asamblea Legislativa Plurinacional se requerirá cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público, contar con dieciocho años de edad cumplidos al momento de la elección, haber residido de forma permanente al menos los dos años inmediatamente anteriores a la elección en la circunscripción correspondiente”.

Santistevan, en contacto con EL DIARIO, refirió que el TSE debe aplicar la CPE y acabar con la incertidumbre en el país de que Evo Morales y otros pueden o no ser candidatos.

“De acuerdo a la CPE, Evo Morales no está habilitado, además porque es irrespetuoso, ha faltado y violado la calidad de refugiado, porque está haciendo política y viajando de país en país, eso desvirtúa que tenga residencia fija en Argentina y hay una violación de los derechos de refugiado”, explicó.

Por otro lado, Santistevan lamentó que se esté yendo a elecciones nuevas con sentencias viejas, cuya vigencia no fueron aclaradas por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).

En criterio de Albarracín, normas nacionales e internacionales impiden a Morales y otros, ser candidato en las próximas elecciones.

“Yo creo que en esta figura no hay por donde perderse, en función de la legalidad y vigencia de normas jurídicas nacionales e internacionales no es posible que el señor Evo Morales sea habilitado, independientemente de simpatías y antipatías que existan sobre él”, dijo en entrevista con Radio Panamericana.

Albarracín explicó que, en el caso de Morales, aplica la Convención Internacional sobre el Refugiado, aprobada por Naciones Unidas, que entre otros aspectos establece la prohibición que tienen los refugiados para realizar política.

“Morales no puede candidatear porque se entiende que ese acto es el más emblemático de hacer política. Él mismo se puso una limitación muy grande al acogerse al asilo y luego al refugio, está impedido de candidatear”, aclaró.

En criterio de Albarracín, el TSE no tiene ninguna posibilidad bajo ningún argumento de habilitar a Morales y los otros candidatos como Mario Cossío que postula a senador por Tarija en representación de la Alianza Creemos o el excanciller Diego Pary, candidato a senador por Potosí.

DATOS

En las elecciones subnacionales de 2015, los legisladores disidentes del MAS, Rebeca Delgado y Eduardo Maldonado decidieron competir para convertirse en alcaldes de las ciudades de Cochabamba y Potosí, respectivamente.

Sin embargo, el órgano electoral decidió inhabilitarlos porque, según sentenció, no tenían su domicilio legal en dichas circunscripciones, sino en La Paz, la sede de sus funciones.

Delgado y Maldonado trabajaban efectivamente en La Paz, pero lo hacían con el objetivo de representar a Cochabamba y Potosí. No se podía afirmar que se hubieran desligado de la realidad local a la cual querían dar soluciones. Aquella fue, en realidad, una oscura maniobra para evitar que concurrieran a la justa electoral, un atropello más de vocales sumisos al partido de Gobierno.

En 2018, el comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas decidió que el Estado Plurinacional de Bolivia violó el derecho de Rebeca Delgado a participar en las elecciones de 2015 y exigió un resarcimiento económico dado que ella tuvo que renunciar a su curul en 2014 para intentar habilitarse como candidata al municipio. El fallo de Ginebra sentó jurisprudencia internacional en favor de los afectados.

En 2020, el TSE está ante casos similares, Cossío, Pary y Morales no estuvieron residiendo ni en Tarija, ni en Potosí ni en Cochabamba en los últimos meses o años. (La H Parlante)

TSE

A las 18:30 del 12 de febrero terminó el plazo establecido por el TSE para que las organizaciones políticas presenten documentos de descargo de 711 candidatos y candidatas observadas por incumplir los requisitos exigidos por la Ley Electoral N. 026 y el reglamento de habilitación de candidaturas.

En ese marco, el presidente del TSE, Salvador Romero, manifestó que hoy, lunes 17, se notificará a las organizaciones políticas señalando si los candidatos observados continúan en carrera electoral o quedan inhabilitados.

De acuerdo al Calendario Electoral, la lista oficial de candidatos y candidatas a presidente, vicepresidente, senadores, diputados y representantes ante organismos supraestatales habilitados para participar en las Elecciones Generales del 3 de mayo se publicará entre el viernes 21 y domingo 23 de febrero.

 
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