Nuboso La Paz
Mín:
Máx: 24º
Nuboso Cochabamba
Mín: 13º
Máx: 31º
Tormenta Eléctrica Chuquisaca
Mín: 12º
Máx: 26º
Nuboso Oruro
Mín:
Máx: 23º
Tormenta Eléctrica Potosí
Mín:
Máx: 23º
Lluvia Pando
Mín: 23º
Máx: 33º
Nuboso Santa Cruz
Mín: 25º
Máx: 36º
Lluvia Beni
Mín: 24º
Máx: 36º

Publicidad

    


Defensa apelará decisión

Cárcel para custodio de Roca


El juez Hugo Huacani, a cargo del Juzgado Undécimo de Instrucción Penal Cautelar de La Paz, determinó ayer la detención preventiva, en el penal de San Pedro de La Paz, para el sargento R. Avircata, quien custodiaba a Jorge Roca. La defensa legal del detenido anunció que apelará la determinación.

R. Avircata es el sargento que estaba a cargo de la custodia de Jorge Roca Suárez, a decir de su abogada Zuleika Lanza, una supuesta emergencia familiar le obligó a dejar solo a Roca, quien salió de una clínica de la ciudad de La Paz rumbo al Beni, el fin de semana pasado.

La jurista explicó que pese a desvirtuar los principales riesgos procesales y al no existir antecedentes de su defendido, lo que correspondía era al menos una detención domiciliaria, por lo que apelará la sentencia que en su criterio carece de coherencia legal.

“El sargento Avircata tiene una familia, un trabajo, un domicilio real y el único subsistente que quedó es el 235 numeral 2 (obstaculización a la investigación), que ese por sentencias constitucionales queda subsistente hasta la sentencia”, explicó.

Lamentó que el juez Huacani no haya valorado los argumentos expuestos en audiencia cautelar que demuestran, además que la persona que custodiaba su defendido, Jorge Roca, no está prófugo.

“El sargento es una víctima de no solamente el sistema judicial, sino del sistema que se establece dentro de la custodia de los detenidos. Existe dentro de esta problemática un principal, que le ha dicho al Estado boliviano ‘lero, lero’ estoy en Santa Ana de Yacuma, me encuentro en mi casa, entonces aquí no existiría un prófugo”, explicó.

La fiscal asignada al caso, Ingrid Rocío Feraudi, imputó a Avircata por los delitos de incumplimiento de deberes y favorecimiento a la evasión, basados, según la resolución en: “Indicios que corroboran esta acción, llegándose a establecer que ha existido dolo por parte del ahora imputado adecuando su actuación a lo que establece el artículo 14 del código penal”.

 
Revistas
Publicidad
Portada de HOY

JPG (720 Kb)      |       PDF (386 Kb)



Cotizaciones
1 Dólar:6.96 Bs.
1 Euro:7.76 Bs.
1 UFV:2.28905 Bs.

Publicidad

Publicidad