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Halloween

Casas de Terror deben cumplir cuatro requisitos

> Hasta la fecha, la Secretaría Municipal de Desarrollo Económico recibió solo seis solicitudes que aún son procesadas


Las casas del Terror estarán regidas por varios requisitos para la seguridad de los visitantes.

Las Casas de Terror deben cumplir cuatro requisitos para su instalación y funcionamiento en la ciudad con miras a la celebración de Halloween. Hasta la fecha, la Secretaría Municipal de Desarrollo Económico recibió seis solicitudes que aún son procesadas.

El jefe de la Unidad de Actividades Económicas, Ariel Cruz, señaló que el primer requerimiento es tener una carta notariada dirigida al Subalcalde del Macrodistrito en formato de declaración jurada. El responsable de la Casa de Terror asume la responsabilidad civil en caso de accidentes. Además que “deben cumplir las condiciones técnicas especificadas en el comunicado 6/2019; precisar la superficie en metros cuadrados del establecimiento donde se realizará la actividad; detallar la capacidad del aforo y autorizar al Gamlp el ingreso al inmueble para la fiscalización”.

REGISTRO

La segunda cláusula es gestionar el registro ciudadano (iGob 24/7) del responsable del evento. En tercer lugar se requiere contar con la licencia de funcionamiento vigente de la actividad donde se instalará la Casa de Terror o documentos de propiedad del inmueble si fuere particular. Cuarto, de tratarse de un inmueble particular, presentar fotocopia simple del folio real o tarjeta de propiedad. De no ser propietario, proporcionar el contrato de arrendamiento o anticresis que especifique el plazo y el fin para el cual fue otorgado. En ambos casos se debe adjuntar el croquis de ubicación del inmueble.

Cruz dijo que los documentos deben presentarse ante las plataformas empresariales situadas en cada subalcaldía y en las Torres Mall de la avenida Arce. La Casa de Terror autorizada debe exhibir en la puerta principal de ingreso la identificación de autorización otorgada tras la inspección de la Intendencia Municipal.

REQUERIMIENTOS

Tener un botiquín de auxilio por cada 50 personas y contar con una conexión de energía eléctrica e iluminación adecuada son dos de los ocho requerimientos técnicos que deben cumplir las Casas del Terror de acuerdo al comunicado 6/2019. Además, deben disponer de un extintor tipo químico seco contra incendios; en el caso de espacios cerrados, uno por cada 50 metros cuadrados y en el caso del aire libre, uno en cada 200 metros cuadrados.

SEÑALIZACIÓN

También tienen la obligación de poner una señalización adecuada en los servicios sanitarios; instalar mecanismos que permitan contar con ventilación adecuada de acuerdo a la infraestructura y capacidad de aforo; habilitar una salida de emergencia; exhibir las leyendas de ‘Todos somos iguales ante la ley’, ‘Prohibido fumar’ y ‘los menores de 13 años deben ingresar en compañía de una persona mayor de edad’ de forma clara y visible al público. También se debe prohibir el contacto físico de los organizadores, actores y personal dependiente de la actividad económica con los visitantes.

El horario de funcionamiento es entre las 09.00 y las 00.00. Está prohibido el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y restringir el control de la Municipalidad.

 
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