Se conocerán a los postulantes

Se intensificará actividad política preelectoral en julio

Partidos iniciarán propaganda, presentarán programas e inscribirán a candidatos.


LOS PRINCIPALES PARTIDOS POLÍTICOS QUE TERCIARÁN EN LAS ELECCIONES DEL MES DE OCTUBRE PRÓXIMO, ALISTAN SUS PROGRAMAS Y CANDIDATOS PARA OCUPAR LOS PRINCIPALES CARGOS EN EL EJECUTIVO Y LEGISLATIVO.

La actividad política preelectoral se intensifica en julio porque de acuerdo con el Calendario Electoral las organizaciones políticas iniciarán la propaganda en actos públicos, deben presentar sus programas de gobierno y también inscribir a sus candidatos a los órganos Ejecutivo y Legislativo.

Esas son tres de las actividades más trascendentales que dictó el Tribunal Supremo Electoral (TSE) para el siguiente mes, pero también existen otras tareas y requisitos que deben cumplir las agrupaciones políticas que participarán en los comicios electorales, en total son 14.

PROGRAMAS DE GOBIERNO

La primera actividad de julio es la presentación de los programas de gobierno de parte de todas las organizaciones políticas. La fecha para la entrega es el viernes 4 de julio hasta las la medianoche como plazo fatal.

El Calendario Electoral dice “Presentación del programa de gobierno reformulado/actualizado que contenga sus principales propuestas de gestión pública de parte de las organizaciones políticas ante el Tribunal Supremo Electoral”. Esta actividad es a 100 días de la fecha de las elecciones que es el 12 de octubre.

Esta actividad es en cumplimiento del artículo 14 de la, aún vigente, Ley 1983 de Partidos Políticos. Esta norma dice: “Todo partido político tiene la obligación de formular un programa de gobierno que contenga sus principales propuestas de gestión pública. Este programa de gobierno debe ser planteado y reformulado para cada elección. La Corte Nacional Electoral (ahora TSE) registrará y publicará este programa de gobierno para conocimiento de la población”.

INSCRIPCIÓN DE CANDIDATOS

La siguiente actividad importante de julio electoral es “la inscripción de candidatos ante el Tribunal Supremo Electoral”. Se toma en cuenta a los postulantes a la presidencia del Estado, a la vicepresidencia, a las cámaras de senadores y diputados así como a diputados supranacionales. Esta actividad se cerrará hasta la medianoche del lunes 14 de julio.

Por primera vez el registro de los postulantes será de forma digital utilizando la página web del TSE y un código que se proporcionó a cada una de las organizaciones políticas para que accedan a un programa elaborado específicamente para esta actividad.

La semana pasada se hizo la demostración de cómo será la inscripción de los candidatos y sus principales características son que el sistema digital controlará la equidad de género y paridad al momento de que cada partido político anote a sus representantes. Podrán postular al Órgano Legislativo las y los ciudadanos que cumplan 18 años hasta el 12 de octubre.

Por otro lado, los candidatos y candidatas que se inscriban deberán presentar hasta la fecha establecida todos los documentos requeridos para confirmar su inscripción y validar la misma ante el Órgano Electoral.

Esta actividad es en cumplimiento del artículo 106 de la Ley 026 de Régimen Electoral que dice: “Todas las candidaturas a cargos de gobierno y de representación política serán presentadas por las organizaciones políticas con personalidad jurídica vigente otorgada por el Órgano Electoral. En el caso de las candidaturas para la Asamblea Legislativa en circunscripciones especiales, indígena originario campesinas, también podrán ser postuladas por sus organizaciones”.

INICIO DE PROPAGANDA

La misma fecha límite para la inscripción de candidatos será el día que el TSE dará luz verde al “inicio de la propaganda electoral en actos públicos de campaña”.

Esta actividad es en cumplimiento del inciso a) del artículo 116 de la Ley de Régimen Electoral que a la letra dice “La propaganda electoral se podrá realizar únicamente en los siguientes períodos: En actos públicos de campaña desde 90 días antes del día de los comicios hasta 72 horas antes de la jornada electoral. En caso de segunda vuelta o repetición de elección por empate o anulación de mesa, el plazo para los actos públicos de campaña será desde la convocatoria hasta 72 horas antes del día de la segunda votación.

OTRAS ACTIVIDADES

Además de estas tres actividades, el Calendario Electoral programó otras tareas para julio entre las cuales están:

“El cierre de proceso de supervisión a procesos de democracia interna a candidatas y candidatos de las organizaciones políticas”. Esta actividad se cumplirá a 100 días de la jornada de votación, es decir el viernes 4 de julio.

Asimismo, se realizará “la presentación de la documentación que acredite que la nominación de candidatas y candidatos a presidencia, vicepresidencia, senadores, diputados y representantes a organismos supraestatales, fue realizado por los órganos y procedimientos dispuestos en el estatuto interno de la organización política ante el Tribunal Supremo Electoral”. Esta actividad también se cumplirá el viernes 4 de julio hasta la medianoche.

“La verificación de requisitos y causales de inelegibilidad de las candidaturas por el Tribunal Supremo Electoral” se realizará desde el lunes 14 de julio hasta el sábado 19 de julio.

Por otro lado, hasta la medianoche del lunes 14 de julio en caso de que algún candidato o candidata decida renunciar a su candidatura deberá comunicar al Tribunal Supremo Electoral hasta la fecha mencionada.

También hasta la medianoche del lunes 14 de julio el Órgano Electoral realizará el registro de alianzas políticas de acuerdo al artículo 37 de la Ley 1983 que dice: “Dos o más partidos políticos con personalidad jurídica y registro podrán aliarse con fines electorales, de ejecución de programas de gobierno o con otras finalidades políticas, ya sea por tiempo determinado o indeterminado”.

De la misma manera, otra actividad importante es el “período de difusión de encuestas preelectorales”. Esta actividad se ejecutará entre el martes 15 de junio y el domingo 5 de octubre de este año.

Cabe señalar que esta actividad solo la pueden realizar los medios de comunicación y empresas que hayan solicitado su correspondiente licencia del TSE. Y es en cumplimiento del artículo 130 de la Ley 026 que dice que “a partir del día del vencimiento del plazo de inscripción de candidaturas en procesos electorales hasta el domingo anterior al día de la votación”.

 
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