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Coordinadora de la Mujer

Pan Bol, FPV, UCS y el PDC no cumplen principio de paridad



Según protagonistas: Paridad-Poder-Juventudes, cuatro partidos habilitados para participar en las elecciones generales del 20 de octubre: Pan Bol, FPV, UCS y el PDC, no cumplen el requisito de paridad y alternancia en sus listas de candidatos al Legislativo. La entidad pidió al TSE sanciones en cumplimiento de las normas electorales.

“Cada partido es un caso particular, por ejemplo, en el caso de Comunidad Ciudadana le restaba sustituir una candidatura, en el BDN le faltaban resolver dos casos. Pero existen otros casos como FPV, UCS, PDC y Pan-Bol tiene una enorme cantidad de criterios incumplidos en relación a la paridad”, resaltó la representante de #Protagonistas: Paridad-Poder-Juventudes, Mónica Novillo.

En el caso de los cuatro frentes mencionados, además del Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR), incumplen el criterio de paridad en las listas de candidatos a senadores, diputados plurinominales y uninominales. Sin embargo, el que más observaciones tiene es el Movimiento Tercer Sistema (MTS), que no cuenta con este requisito en las diputaciones especiales de indígenas.

CIFRAS

Novillo explicó que no solo es contar con el 50 por ciento de mujeres en el total de las listas, sino que se debe tomar en cuenta cada una de ellas. Por ejemplo, en las candidaturas uninominales que son impares las candidatas mujeres deben ser más de la mitad, lo mismo ocurre con las postulaciones a diputados especiales y los supraestatales.

“La paridad se ha complejizado en nuestro país, no solo es cumplir las listas, en las circunscripciones especiales de indígenas son siete y cuatro deben ser mujeres, las organizaciones han incumplido eso. En los supraestatales debe ser lo mismo, esos criterios no lo han tomado en cuenta”, sostuvo.

Las organizaciones políticas señaladas se alejan cada vez más del criterio de paridad: en el MNR las mujeres titulares representan el 43,9 %; en UCS, el 40,48 %; en FPV bajan hasta el 40 %; en PAN-Bol hasta el 37,04 %, y, por último, en PDC hasta el 33,33 %.

Al respecto, anteriormente el Tribunal Supremo Electoral (TSE) exhortó a las organizaciones políticas que cumplan con el criterio y que tiene el plazo respectivo para hacerlo. La norma electoral, tiene hasta el 16 de octubre para la sustitución de candidaturas, pero esto deja en desventaja a los postulantes.

Novillo lamentó que el ente electoral solo haya incitado al cumplimiento de este requisito, y no haya establecido las sanciones correspondientes y establecidos en la norma electoral.

El artículo 107 de la Ley 026 de Régimen Electoral señala que en caso de que las candidaturas no cumplan con el criterio de paridad y alternancia debe dar lugar al rechazo de la lista completa de las postulaciones.

 
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