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La Justicia Universal y la demanda contra China por el Covid-19

Asdrubal Martín Columba Joffré

Enfrentadas las grandes potencias en procesos legales, antes de conocer los resultados científicos, deberán unir sus esfuerzos para crear la vacuna contra el coronavirus y serán las autoridades las que definan el desenlace internacional.

Una cuestión de sumo interés que se presenta en las ciencias jurídicas en época de coronavirus es aquella relativa a la respuesta que debe brindar un sistema jurídico en busca de los posibles responsables de haber propagado el virus que atenta contra la vida y salud de la humanidad.

En este contexto, el principio de “Justicia Universal” permite a un Estado apoderarse de la jurisdicción de un tribunal ubicado en otro Estado para investigar delitos que atentan contra la vida; este principio jurídico, diplomático y político se constituye en una conquista de la humanidad.

Asimismo, las instituciones de ayuda humanitaria que luchan contra los delitos contra la vida son el Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, ambos con una filosofía común referida al respeto a la vida.

Con ese propósito, la Organización de las Naciones Unidas a través de la Corte Penal Internacional investiga y sanciona a los responsables de delitos de lesa humanidad, habiéndose presentado durante las últimas siete décadas más de 250 conflictos en el mundo con más de 86 millones de civiles muertos, entre ellos mujeres y niños.

A nivel mundial existen varios casos que han sentado jurisprudencia y por los que se ha sancionado a ex presidentes como Augusto Pinochet de Chile, Jian Zemin de China, Hissène Habré del África, por crímenes cometidos durante sus mandatos. En Latinoamérica, los casos de Argentina, a Jorge Videla; Perú, Alberto Fujimori; Uruguay, Juan María Bordaberry; y en Guatemala, Efraín Ríos Montt. La estrategia de rechazar la jurisdicción de un tribunal se presentó en los casos de Saddam Hussein y Slobodan Milosevic.

En relación con las demandas estadounidenses contra las autoridades chinas por las consecuencias de la propagación de la pandemia del coronavirus, se ha calificado los hechos como omisión de información, encubrimiento y genocidio, que se encuentran tipificados por el Tratado de Roma que aprueba a la Corte Penal Internacional.

Las investigaciones al respecto han sido iniciadas en jurisdicciones norteamericanas y los argumentos de la demanda se basan en que China habría violado tratados internacionales sobre la prohibición a la producción y almacenamiento de armas bacteriológicas, adecuándose sus conductas a delitos de lesa humanidad, sin embargo, pese a haber cometido estos presuntos delitos, China no puede ser juzgada ante esa Corte o instancia por no haber ratificado el Tratado de Roma.

El ex Fiscal Larry Klayman, como demandante, alega que en noviembre de 2019 fue cuando habría surgido el coronavirus o COVID-19 o SARS-CoV-2 en la ciudad de Wuhan – Hubei, como un arma biológica y que el primer caso data del 8 de diciembre del pasado año, fecha en la que se debió comunicar los hechos a la Organización Mundial de la Salud.

Como pruebas han presentado informes del Ministerio de Ciencia y Tecnología, del ex médico de inteligencia militar israelí, del New York Post (Steven Mosher) y artículos científicos del Institute for Defense Studies and Analyzes (Shoham). Además, se denuncia la desaparición del médico Li Wenliang en febrero de 2020, de tres periodistas y de Li Zehua presentador de noticias de la televisión estatal CCTV.

Por su parte, el presidente Trump y el Secretario de Estado Pompeo afirman que China además de violar las Regulaciones Internacionales de Salud del brote del SARS del año 2003, a la fecha ha ocasionado la muerte de más de 300.000 personas en el mundo, por lo que exigen una multimillonaria compensación, además de imponer medidas económicas. A su vez China insta a Washington a detener sus acusaciones por considerarlas injustificadas y anuncia represalias judiciales acudiendo a la diplomacia del “cubre bocas” para deslindar responsabilidades.

Enfrentadas las grandes potencias en procesos legales, antes de conocer los resultados científicos deberán unir sus esfuerzos para crear la vacuna contra el coronavirus y serán las autoridades las que definan el desenlace internacional.

El autor es Msc. - Prof. Derecho Internacional - UMSA.

asdruval@columbalaw.com

 
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