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Según abogada defensora

Niegan libertad y derecho a salud a William Kushner

> Después de más de cien audiencias suspendidas, para el 19 de marzo de 2020 estaba programada la audiencia de conclusiones del juicio, empero la misma fue suspendida a pedido del Ministerio Público y no hay aún fecha y hora para una próxima


WILLIAM KUSHNER, CASI CINCO AÑOS CON DETENCIÓN PREVENTIVA, ACUSADO POR LA MUERTE DE SU EXNOVIA ANDREA A.

William Kushner que se encuentra con detención preventiva en el penal de San Pedro de La Paz, hace casi cinco años, solicitó el lunes el cese a su detención preventiva, recurso legal que fue negado por la justicia a pesar de que presentó un informe médico que da cuenta que el acusado tiene una enfermedad crónica en los pulmones, informó a EL DIARIO la abogada defensora Audalia Zurita.

La noche del 20 de agosto de 2015, la juez Primero de Instrucción Anticorrupción y Violencia contra la Mujer, Cinthia Delgadillo, ordenó la detención preventiva en el penal de San Pedro de La Paz, de William Kushner, imputado por el delito de feminicidio, por supuestamente causar la muerte de su exnovia Andrea A.

La jurista explicó que el tribunal rechazó la cesación a la detención preventiva de Kushner por no presentar una prueba que demuestre su estado de salud, extremo que la defensora desmintió porque presentaron un certificado firmado por el médico del penal, en el que indica que su defendido padece de Epoc [enfermedad crónica inflamatoria de los pulmones que obstruye el flujo de aire desde los pulmones. Los síntomas incluyen dificultad para respirar, tos, producción de mucosidad (esputo) y silbido al respirar].

“Hemos presentado un certificado emitido por el médico que presta servicios en el penal de San Pedro, que indica que William Kushner padece Epoc, debido a que es un fumador crónico. El médico del penal dice que debe ser atendido por un médico de especialidad, pero él no puede salir del penal y ningún médico va a ir al recinto penitenciario, además que los tribunales no están trabajando y no hay quién nos dé una orden para salir”, lamentó.

Otro aspecto por el que el tribunal negó el recurso legal a Kushner fue porque no se habrían desvirtuado los riesgos procesales que se argumentaron cuando se dispuso la detención preventiva, que fue que el acusado tenía una licencia de conducir de España, mismo que a la fecha se encuentra caduco.

“El señor Kushner tenía una licencia de conducir otorgado en España, eso, según los tribunales, le permite irse a ese lugar, argumento totalmente absurdo porque la pandemia del Covid -19, afectó todo el panorama, además de que el documento está caducado y el tribunal respondió que también se puede ir a cualquier país limítrofe cuando todo mundo sabe que los países vecinos han cerrado sus fronteras, cuando argumentamos eso, dijeron que la pandemia va a pasar y que se podría fugar y que a ellos no les consta que la licencia estuviera caduco, siendo que el documento está en el cuaderno del juicio al que tienen acceso”, lamentó.

Otro riesgo que, según los tribunales no se pudo desvirtuar, es que Kushner podría afectar a las partes como testigos o modificar la prueba en el juicio.

Al respecto, la jurista aclaró que el juicio está prácticamente concluido, y no podría afectarse a las partes porque ya se presentaron todas las pruebas y ya declararon todos los testigos.

JUICIO

A tiempo de lamentar que más de cien audiencias fueron suspendidas, Zurita informó que para el 19 de marzo de 2020 estaba programada la audiencia de conclusiones del juicio, empero la misma fue suspendida a pedido del Ministerio Público y la acusación particular y no hay aun fecha y hora para una próxima audiencia.

Aclaró que ya se realizaron las declaraciones de testigos, y fueron presentadas todas las pruebas, empero no hay ninguna que evidencie que William Kushner hubiera atropellado a su exnovia Andrea A., ya que todo apunta a que se trató de un accidente lamentable.

“Todos los peritos que ha designado el Ministerio Público y la acusación particular, en la etapa de la investigación, han coincidido que fue un desgraciado accidente y que Andrea A., resbaló cuando el auto estaba en movimiento y golpeó su cabeza, como consecuencia del resbalón, efectivamente la bota superior izquierda de la señorita entró en contacto con la llanta trasera izquierda del vehículo del señor Kushner, pero no porque él hubiera buscado ese contacto sino por el resbalón que ella sufrió”, relató.

Refirió que el resbalón que se dio Andrea pudo haber sido porque sus botas no tenían tapillas, y cuando cayó lo hizo de costado, llegando a golpear su cráneo en el hueso temporal y romper la masa cerebral, que fue la causa de su muerte.

“Las evidencias obtenidas por el Ministerio Público dicen que las cámaras de vigilancia del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz no estaban guardando la información porque meses antes no tenían servicio de internet, entonces no estaban grabando, no tenían archivos, por lo tanto nunca hubo ningún video ni nadie que hubiera declarado que el señor William Kushner la hubiera atropellado, por el contrario, la defensa ha presentado a un chofer, un testigo que ha aparecido a convocatoria de las propias organizaciones que apoyaban el proceso en contra de Kushner. Fue ese chofer quien dijo que Andrea estaba corriendo y pensó que los estaba haciendo para tomar el taxi, pero como se dio cuenta que no fue así, el continuo su marcha, y el vehículo del señor Kushner que ya estaba en movimiento, solo había frenado una fracción de segundos para permitir el paso del taxi”, refirió.

Asimismo, explicó que las pruebas que se han obtenido en la etapa preparatoria y que se judicializaron a lo largo del proceso, dicen que Kushner no ha cometido ningún delito.

“En su desesperación, los acusadores particulares han traído nuevos peritos, entre ellos un físico que dijo que le ha pasado las llantas por encima de la cabeza, una posición totalmente absurda, porque cualquier ciudadano sabe que una vagoneta Grand Cherokee, pesa 2.500 kilos, aproximadamente y si pasa por encima de la cabeza de una persona, ésta revienta y la señorita no ha tenido más que la fractura del hueso temporal y la base del cráneo, que son producidos uno por el golpe y el otro por el jalón que se produce, porque no es que cae en seco”, refirió.

En esa línea, lamentó que su defendido esté casi cinco años en detención preventiva, sin una prueba que le atribuya la comisión de un feminicidio.

“No resulta lógico que un tribunal que está desarrollando cuatro años de juicio no acceda a la cesación a la detención preventiva”, manifestó.

ACUSACIÓN

La jurista aclaró que William Kushner está acusado por el Ministerio Público por homicidio en accidente de tránsito y los querellantes particulares lo acusaron por feminicidio.

El abogado Eusebio Vera manifestó a EL DIARIO que la sanción para un delito de homicidio en accidente de tránsito es de uno a tres años de reclusión.

“La pena por homicidio en accidente de tránsito es de una a tres años, en relación a los agravantes hay dos circunstancias, una que estuviera bajo dependencia de drogas o estuviera con un grado alcohólico alto, en este caso la pena podría ser de cinco a ocho años”, refirió.

 
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