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Es urgente la reforma del Art. 168 de la CPE

Israel Camacho Monje

Que no se permita que sigan actuando en política delincuentes confesos, como el prófugo cocalero Evo Morales Ayma y el terrorista Álvaro García Linera, quienes libremente inscribieron su postulación como candidatos del Movimiento Al Socialismo (MAS) en las Elecciones Generales de 2005. Entonces el Tribunal Supremo Electoral los inscribió sin darse la molestia de exigirles los documentos y certificados de antecedentes personales, que son de obligatoria presentación, tanto a nivel público como privado en nuestro país, y con mayor razón para postular a altos cargos gubernamentales. Tales certificados son expedidos por la Policía Boliviana y el SEGIP.

Ahora surge la duda ciudadana de por qué el actual TSE los inscribió sin objeción alguna, lo que supondría dos cosas, la primera, que han falsificado dicho certificado de antecedentes personales, o que a algún funcionario policial "se le olvidó" registrar sus antecedentes penales. Y la segunda, que los funcionarios del TSE han comprobado que dicho certificado era verdadero o falsificado, pero omitieron darse por enterados de sus antecedentes personales, y ellos quedaron habilitados y amparados en la actual Constitución Política del Estado que dice: Artículo 167 "Para acceder a la candidatura a la Presidencia o a la Vicepresidencia del Estado se requiere cumplir con las condiciones generales de acceso al servicio público, contar con treinta años de edad cumplidos al día de la elección, y haber residido de forma permanente en el país al menos cinco años inmediatamente anteriores a la elección".

Es como para no creer, ya que todo el pueblo de Bolivia conoce y muy bien el historial de estos dos prófugos (y por consiguiente delincuentes confesos). Y cuando se supo públicamente y por todos los medios de comunicación, que participarían en las Elecciones Generales de diciembre de 2005, todos esbozaron una sonrisa burlesca por semejante atrevimiento y falta de respeto al principal acto cívico patriótico ciudadano, que hasta esa vez se realizaba cada cuatro años.

Pero sorprendentemente salieron ganadores en las elecciones generales, para un período gubernamental de cuatro años, y que a vista, paciencia y complicidad de todos los partidos políticos neoliberales, y con el desconocimiento total de nuestra CPE, simplemente lo alargaron del 2006 al 2019 y de ahí al 2025.

Ahora bien, en cuanto a la original Constitución Política del Estado de 1825, año de nuestra creación como República de Bolivia, ésta fue copiada de las constituciones ya existentes de países europeos, y en los que al tener un alto sistema educativo y profesional, todos sus habitantes al cumplir los 30 años de edad, automáticamente estaban habilitados para ocupar cualquier cargo administrativo público o privado.

Alto sistema educativo y profesional que solo alcanza al 30% de la población de Sudamérica, después de 200 años de existencia como repúblicas supuestamente libres, independientes y soberanas (1825-2020), ya que el resto, el 70%, todavía sigue sobreviviendo en las sombras de la ignorancia.

Razón por la cual, en el caso boliviano, es urgente la reforma de nuestra CPE, en su artículo 167, que a la letra debería decir: "Para acceder a la candidatura a la Presidencia o Vicepresidencia de Estado se requiere cumplir: 1) Ser boliviano de nacimiento. 2) Haber vencido los ciclos educacionales de primaria y secundaria, y además el ciclo profesional que otorgan las universidades nacionales o extranjeras. 3) Haber prestado el servicio militar obligatorio (varones). 4) Presentar el certificado de buenos antecedentes personales, expedido por la Policía Boliviana".

Sólo de esta manera se podrá evitar e impedir que gente ignorante y "delincuentes confesos" vuelvan a manejar nuestro país como un fundo de usufructo personal, familiar y político partidario. ¿Verdad que sí?

 
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