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Según experto en asesoramiento

Asuss debe reconocer error al catalogar al Covid-19 como accidente de trabajo



La autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo (Asuss) debe reconocer su error al catalogar al Covid-19 como accidente de trabajo, y señalar que no es competencia de la entidad estatal dar criterios en este sentido y únicamente se limitaría a sus atribuciones, según opinó Ciro Añez, asesor legal de empresas y experto en temas jurídicos.

Afirmó que con esas menciones hubiera quedado clara la situación que provocó sus tres comunicados, ya que el último sólo señala suspender el instructivo, y genera más incertidumbre.

Advierte que el gran problema es que el dejar sin efecto un instructivo, no elimina la posibilidad de que las cajas igual emitan el certificado de incapacidad.

Ya el sector empresarial se pronunció y exigió la anulación del instructivo, que señala al covid-19 como un accidente de trabajo, el mismo que no cuenta con un análisis técnico minucioso ni médico.

COMUNICADO

El pasado fin de semana la Cámara Nacional de Comercio (CNC) y la Cámara Nacional de Industrias (CNI) hicieron público un pronunciamiento en el que indican que la Autoridad de Supervisión de la Seguridad a Corto Plazo (ASUSS), a través del Instructivo INS/ASUSS/DGE/DJ N° 0003/2020, instruyó a los Entes Gestores de Salud emitir el certificado de incapacidad temporal por trabajo a los asegurados que se contagien del Covid-19 “con ocasión o como consecuencia del trabajo”, instrucción que no cuenta con ningún fundamento técnico ni médico.

Explican que no es posible determinar el lugar ni el momento del contagio, por lo que no es razonable que dicha enfermedad sea considerada responsabilidad de los establecimientos laborales, más aún cuando estos están aplicando los protocolos de bioseguridad exigidos y el contagio podría ocurrir en la vida privada de los trabajadores.

“Consiguientemente, pedimos que, “con carácter de urgencia”, la ASUSS deje sin efecto el Instructivo INS/ASUSS/DGE/DJ N° 0003/2020 e instruya a los Entes Gestores de Salud la emisión del certificado de incapacidad temporal por enfermedad común a favor de los asegurados que se contagien con el covid-19”, señala el comunicado conjunto.

 
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