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Comprar material a “ciegas”

Existen casos en que los materiales son puestos por un abastecedor, contratado de manera directa por el propietario y no por el albañil, contratista o constructor.


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No es nada seguro adquirir material o productos a “ciegas” en el mercado libre o abierto de las ciudades para ejecutar obras, bien para construir, reformar, refaccionar o mantener una vivienda debe haber calidad, resultados y garantías, pero ¿quién responde cuando el material falla y no es el adecuado?

Esta situación, podría provocar una cadena de cuestionamientos, los constructores pueden argumentar que ellos no responden por la calidad del material, porque para eso se contrató a un arquitecto, el otro podrá decir que sólo diseñó el proyecto, el contratista de la obra dirá supervigila la obra y no adquiere materiales y no es de su competencia el velar la calidad.

“SOLO DISTRIBUYEN”

Por lo general en nuestro medio, los distribuidores de materiales, en la mayoría de los casos, no acusan recibo de la queja por material defectuoso (imposible), afirmando que ellos sólo distribuyen, es la primera duda que salta y sin tener la certeza de la calidad del material y ni pensar en las autoridades que controlen los productos importados y tampoco cuentan con un sello de calidad de Bolivia, para ver si alguna repartición del gobierno verifica la calidad y de dónde provienen.

Pero hay algo peor, existen fábricas que esquivan su responsabilidad porque afirman fabricar el producto, y que los insumos son importados, y debido a ello el material o producto fabricado no tiene la calidad exigida y terminan diciendo “si quiere no más lleva, si no déjelo no más”

TODA UNA CADENA

La cadena de venta es casi la misma y tiene el mismo tono: el fabricante de materiales para la construcción está vinculado jurídicamente al vendedor mayorista, al vendedor minorista y al consumidor final de productos. Entonces la fábrica tendría que responder por vicios y defectos de sus productos. Si un fabricante o distribuidor importa un producto, son ellos quienes tendrían que asumir la responsabilidad por la calidad de los mismos. Lo que quiere decir que el vendedor o el distribuidor de materiales para construcción tiene responsabilidad, y se puede mencionar como un tercer responsable al fabricante, al mayorista, importador o compañía aseguradora de ese material o tal vez productos.

Pues los arquitectos, ingenieros, resultan responsables también, porque son los que tienen que controlar la calidad y garantías con que cuenta el material o producto adquirido. También resultan responsables directores de obra y administrativos de obra. “En el caso de los profesionales, pueden limitar su responsabilidad si prueban que fueron víctimas de publicidad engañosa o de vicios ocultos que tenía el material, hay que saber que la publicidad es parte contractual dentro del mecanismo de la compra y la venta de materiales y productos para la construcción”.

Aún si el propietario de la construcción suministre los materiales, tampoco exime al profesional de responsabilidad por la calidad, aquí subsiste su obligación de control de materiales en la obra. En estos casos, el arquitecto, el profesional, deberá dejar constancia por escrito de su disconformidad y notificar al comitente.

En el caso de una demanda por materiales dañados, no adecuados, incompatibles o con vicios ocultos, en general, una falla de obra debido a la calidad de materiales o productos, la responsabilidad se encadena y alcanza a todos los actores, el profesional, arquitecto o ingeniero, el fabricante, el importador si lo hubiere y el vendedor, pues hay acciones que permiten recuperar el dinero invertido e incluso por daños y perjuicio.

El profesional recibirá toda la culpa si ha ignorado la existencia del manual de uso de un producto o material, es siempre conveniente que en la memoria del proyecto exista la mención concreta de la existencia de instrucciones y manuales de uso de los materiales de la obra, para que nadie luego, se sorprenda o diga desconocerlos.

Si el profesional de la obra, el arquitecto, compra directamente los materiales, es de buena práctica dejar constancia en remitos y facturas, del destino de esos materiales, la ubicación de la obra y el nombre del encargado o propietario. Así, el vendedor quedará anoticiado del destino de entrega de los materiales que vendió.

El fabricante deberá entregar una copia de la garantía al distribuidor o vendedor y este debe cederla bajo recibo, de esta forma el consumidor final, el propietario, quedará al tanto del origen de los materiales y productos, conociendo así los tiempos que tiene para reclamar y la responsabilidad de cada partícipe de la obra de construcción.

 
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