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Extrema pobreza

Presunto infanticidio quedará impune

> Una familia de diez miembros, cuyos progenitores tienen discapacidad mental, no tienen documentos de identidad y viven en completa precariedad, ante la indiferencia de autoridades, manifestó a EL DIARIO, el asesor jurídico de la Conniob


IMÁGENES DE LO QUE FUE EL ENTIERRO DEL MENOR.

Un niño de seis meses, aproximadamente, fue enterrado el pasados lunes, 8 de junio, en la comunidad de Combilili del municipio de Sorata en el departamento de La Paz. El menor que vivía con un familiar, por la extrema pobreza de sus progenitores, fue abandonado sin vida en el piso de su vivienda, por lo que se desconoce la causa de su muerte.

El asesor jurídico de la Confederación Nacional de Naciones Indígenas Originarios de Bolivia (Conniob), Romel Cardozo, refirió a EL DIARIO que llegaron al lugar funcionarios de la Policía y la Fiscalía, con la finalidad de realizar la autopsia de ley del menor, empero los pobladores se opusieron debido a los costos y la burocracia que supone recuperar el cadáver, y tomando en cuenta que los progenitores tienen discapacidad mental.

“Los comunarios firmaron un documento y no permitieron que se lleven el cuerpo del pequeño, porque eso también significaría que los llevarían a sus papás para fines investigativos y ellos tienen discapacidad mental. Conocemos a las autoridades judiciales, seguro los enviarían con detención preventiva, sin tomar en cuenta su situación, y ¿quién se haría cargo de sus ocho hijos, quién pagaría un abogado para que los defienda, sino tienen para comer? Los papás apenas se dan cuenta de las cosas que están pasando”, manifestó.

Cardozo lamentó que en pleno siglo XXI el menor haya perdido la vida por falta de atención médica y alimentación, siendo que la comunidad está en el departamento de la ciudad sede de Gobierno.

SIN IDENTIFICACIÓN

El asesor del Conniob lamentó que las autoridades municipales, que por ley deben brindar apoyo a las personas con discapacidad, no se hayan percatado de esta familia, que debido a su discapacidad y desconocimiento no cuentan si quiera con documentos de identidad.

Aseguró que los progenitores, los ocho niños y el menor que murió no tienen documentos de identidad, ni siquiera nombres, por lo que no pudieron acceder a ninguno de los bonos que se dieron desde el Gobierno central.

“Ellos viven en un estado deplorable, en indigencia total, los niños apenas comen un huevo con un choclo pequeño en todo el día, no les llega ningún tipo de ayuda. Sé que las personas con discapacidad tienen un bono mensual de los municipios, pero ni eso les llega, imagino que como no tienen documentos, ellos no existen para las autoridades”, lamentó.

Por otro lado, el asesor de la Conniob pidió a las autoridades nacionales y locales interponer oficios para ayudar a esos bolivianos, que por su discapacidad mental ignoran que sus niños tienen derecho a salud y educación.

“Los padres no se dan cuenta de la realidad, ni siquiera saben cómo evitar un embarazo, actúan por instinto, sería ideal que personal médico los apoye con planificación familiar, de lo contrario, la madre que aún es joven seguirá procreando. Los niños están creciendo como animalitos, sus padres, debido a su discapacidad mental que es de 50 y 70 % respectivamente, no les dan los cuidados a los que tienen derecho, por eso permitieron que uno de sus familiares se lleve a su hijo y les devuelva sin vida, sin siquiera dar la cara y decirles cuál fue la causa de la muerte, solo se limitó a dejarlo botado en el piso, como si se tratara de una mascota”, lamentó.

LEY

Las personas con discapacidad están protegidas por la Constitución Política del Estado (CPE).

Artículo 70. Toda persona con discapacidad goza de los siguientes derechos:

1. A ser protegido por su familia y por el Estado.

2. A una educación y salud integral gratuita.

3. A la comunicación en lenguaje alternativo.

4. A trabajar en condiciones adecuadas, de acuerdo a sus posibilidades y capacidades, con una remuneración justa que le asegure una vida digna.

5. Al desarrollo de sus potencialidades individuales.

Artículo 71.

I. Se prohibirá y sancionará cualquier tipo de discriminación, maltrato, violencia y explotación a toda persona con discapacidad.

II. El Estado adoptará medidas de acción positiva para promover la efectiva integración de las personas con discapacidad en el ámbito productivo, económico, político, social y cultural, sin discriminación alguna.

III. El Estado generará las condiciones que permitan el desarrollo de las potencialidades individuales de las personas con discapacidad.

Artículo 72.

El Estado garantizará a las personas con discapacidad los servicios integrales de prevención y rehabilitación, así como otros beneficios que se establezcan en la ley.

Asimismo, en 2017, se aprobó la Ley de Inserción Laboral y de Ayuda Económica Para Personas con Discapacidad, que supone un bono mensual de 250 bolivianos para las personas con discapacidad, monto que debe ser erogado por las alcaldías de todo el país.

 
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