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Gobierno electrónico, una forma de administración del Estado

Juan Orlando Ríos Luna

La doctrina del Derecho Administrativo define al gobierno electrónico como una estrategia tecnológica de desarrollo social que establece nuevas formas de relación entre el Estado y los administrados, para mejorar la calidad de vida de éstos últimos, mediante la participación ciudadana, la transparencia y control en la gestión pública, con el uso de medios informáticos.

A través del gobierno electrónico se transfiere a redes de telefonía información, procesos, trámites, transacciones y todo servicio de la administración pública que se realizaba comúnmente en forma escrita. Esta forma de administración de gobierno fue implementada en el país mediante DS 2.514 de 9 de septiembre de 2015, creándose para el efecto la Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnología de Información y Comunicación (AGETIC), como unidad técnica de apoyo al Ministerio de la Presidencia, como órgano ejecutor.

La AGETIC es creada como una institución pública descentralizada del Ministerio de la Presidencia, tiene entre sus atribuciones la implementación de políticas, planes y estrategias de Gobierno Electrónico y de Tecnologías de la Información y la Comunicación, para las entidades del Estado. La implementación de tecnologías de información y comunicación en el Estado boliviano implica la implementación de TIC y gobierno electrónico.

El funcionamiento del gobierno electrónico requiere entre otros elementos: La implementación eficiente de redes de comunicación adicionales a los tradicionales existentes entre la administración y los administrados. La optimización de recursos tecnológicos de la administración y el fácil acceso de la población a la información, disponiendo de opciones para tomar mejores decisiones.

La coyuntura sanitaria que se atraviesa hace que las actividades estatales y privadas se encuentren paralizadas; ello como consecuencia de las recomendaciones de la OMS, a fin de que no se propague este mal a través del contagio y con la finalidad de preservar la salud de la población boliviana. Para tal fin, el gobierno de transición decretó cuarentena en el territorio nacional, con las restricciones ya conocidas, principalmente la paralización de actividades que según el gobierno sería hasta fines de este mes, decisión sujeta a evaluaciones sobre el comportamiento sanitario en el país.

La paralización de actividades viene causando perjuicios considerables no solo al Estado, también a la actividad privada; principalmente, en lo económico, social y otros. Este hecho, hace que el gobierno asuma decisiones urgentes, con el funcionamiento del gobierno electrónico, cuya finalidad será que la actividad estatal no sea perjudicada en lo referente a la prestación de servicios públicos a la población, considerando que la actividad administrativa, según el tratadista argentino Miguel Marienhoff, es la actividad permanente, concreta y practica del Estado, cuya finalidad es la satisfacción inmediata de las necesidades de los grupos sociales que lo integran. La actividad estatal a través del gobierno electrónico también alcanza a otros órganos como Judicial y Legislativo, adecuando su naturaleza, objetivo y fines a normas legales vigentes.

Se asume el gobierno electrónico aplicando los principios rectores a la actividad administrativa, como el Art. 232 de la Constitución Política del Estado que señala: “La Administración Pública se rige por los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso e interés social, ética, transparencia, igualdad, competencia, eficiencia, calidad, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados”. En todos los casos, los servidores públicos son responsables por sus actividades de acuerdo con la Ley de Administración y Control Gubernamentales.

El autor es Magister en Derecho

Administrativo.

joriosluna@hotmail.com

 
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