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¿Aparente intento de apropiación en el salar de Uyuni?

Mario Paulsen Tejada

Parte II

Un artículo de prensa de Luis Alberto Echazú, que estuvo a cargo del proyecto del salar de Uyuni por más de 10 años, decía refiriéndose al proyecto con ACISA: “Es un proyecto de explotación racional e integral, racional porque se procesa y aprovecha “residuos” que de otra manera hubiesen sido reinyectados al salar. (El Deber 15 agosto 2019).

Otro alto funcionario vinculado al gobierno de Morales declaraba: “La empresa alemana tratará los residuos de la Salmuera Residual que se piensa desechar como pasivo en el salar de Uyuni” (El Potosí 19 de octubre 2019). En fin, toda una campaña para hacer creer al país, y a la opinión internacional que se iba a trabajar en sociedad con la empresa alemana “residuos” que no tenían ningún valor. Si estos “residuos” no tenían valor, por qué el gerente de la empresa alemana ACISA piensa que se podría producir de estos “residuos” 45.000 toneladas año de hidróxido de litio con un valor puesto Uyuni de dólares 922.500.000, que en 70 años de contrato significarían dólares 64.575.000.000.

Para hacer creer que se trataba de “residuos” sin valor y poder además asociarse a una empresa privada “modificaron” el artículo 73 de La Ley 535 (Ley de Minería) que establecía lo siguiente: “La Comibol desarrollará los procesos de química básica de sus recursos evaporíticos, con una participación 100% estatal para la producción y comercialización de Cloruro de Litio, Sulfato de Litio, Hidróxido de Litio y Carbonato de Litio, Cloruro de Potasio, Nitrato de Potasio y Sulfato de Potasio; procesos posteriores de semi industrialización e industrialización se podrán realizar mediante contratos de asociación con empresas privadas nacionales o extranjeras”.

Claramente se ve que la producción de hidróxido de litio tenía que ser 100% estatal, modificaron el anterior artículo, introduciendo a continuación de “procesos posteriores de semi industrialización e industrialización” la frase “y procesamiento de residuos”. Esta nueva redacción se la promulgó como Ley N° 928 el 27 de abril de 2017, de tal manera que la introducción de esa frase no solo modificó el artículo 73 de la Ley 535, también modificó la política de salares establecida por el mismo gobierno de Morales. De paso reemplazaron a Comibol por una nueva empresa, llamada Yacimientos de Litio Bolivianos.

En la carta del ministro Rafael Alarcón Orihuela del 17 octubre 2019, al señor Marco Antonio Pumari Arriaga, explica el Ministro el proceso técnico que han implementado en el salar de Uyuni y dice: “En el caso de los recursos evaporíticos de la salmuera de pozo extraída, el concentrado generado en las primeras piscinas es el Cloruro de Sodio”.

“En las segundas piscinas se cosecha sales de Potasio, Sodio y Magnesio, estos son insumos para la planta industrial de Cloruro de Potasio”.

“En las ultimas piscinas se extrae el concentrado de Litio, que es el Sulfato de Litio, el cual se procesa en la planta de Carbonato de Litio”.

“El residuo que queda de las ultimas piscinas es la Salmuera Residual que YLB corporación venderá a la Empresa Mixta YLB-ACISA”.

A continuación indica el Ministro que “El Hidróxido de Litio forma parte de otra cadena de producción a cargo de una Empresa Fiscal de YLB (EM,YLB-ACISA) que no extrae ninguna materia prima directamente del salar, por el contrario, procesa únicamente Salmuera Residual”.

Por la composición química de la “Salmuera Residual” especificada en el anexo del DS 3.738 se puede apreciar que la sal de valor económico existente en la “Salmuera Residual” es el Cloruro de Litio. Por lo que se ve, existen dos sales de litio en la salmuera del salar, una es el Sulfato de Litio y la otra sal de litio es el Cloruro de Litio. Estas dos sales tienen diferentes solubilidades en agua, por lo tanto precipitan en diferentes momentos. El Sulfato de Litio precipita mucho antes que el Cloruro de Litio. El Sulfato de Litio precipita en la tercera piscina, como indica el Ministro y el líquido que no se precipita, que es el que contiene el Cloruro de Litio, se bombea de la tercera piscina a una posible cuarta piscina, o tratamiento directo.

El Cloruro de Litio es la sal de litio más abundante en el salar, por lo tanto la de mayor valor económico del salar.

El Sulfato de Litio (Li2SO4), que es el compuesto químico de litio minoritario existente en el salar, según los funcionarios que han manejado el desarrollo del salar, dará lugar a la producción de 15.000 toneladas año de carbonato de litio (Li2CO3) que tiene 2,499 toneladas año del elemento litio, mientras las 45.000 toneladas año de hidróxido de litio tienen 11.756 toneladas año del elemento litio, o sea 4.7 veces más de litio.

En relación con el tratamiento del flujo de la salmuera, donde se encuentra el cloruro de litio, recomendaríamos un tratamiento químico directo. YLB, antes GNRE, ha patentado unos siete u ochos inventos, personalmente no he tenido oportunidad de leer ninguno, probablemente tengan una patente (invento) de extracción de cloruro de litio de la salmuera del salar y su conversión posterior a Hidróxido de Litio o a Carbonato de Litio. Este invento podrían utilizarlo.

Algunas autoridades políticas y ex funcionarios de YLB del gobierno de Evo Morales, como también algunos funcionarios que actualmente siguen trabajando en YLB, deben conocer el proceso que iba a ser aplicado con ACISA para producir Hidróxido de Litio. Con seguridad YLB ha debido realizar pruebas en laboratorio y planta piloto con el fin de probar la efectividad del proceso propuesto por los alemanes, es muy difícil imaginar que sin conocer los parámetros de eficiencia del proceso que se iba a aplicar, se haya pretendido entregar el 49% del Cloruro de Litio, que es el compuesto existente de mayor valor económico del Salar de Uyuni.

El autor fue Viceministro de Minas y Metalurgia, Senador por el Departamento de Oruro, Director Ejecutivo del Instituto de Investigaciones Minero-Metalúrgicas.

 
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