Propaganda electoral

Alcaldía establece sanciones por día y espacio


La Ley 092 de Control de la Propaganda Electoral promulgada por el Ejecutivo y el Reglamento de esta norma será socializada a los diferentes partidos políticos, toda vez que establecen sanciones para las organizaciones políticas. Las multas serán por metro cuadrado y por día, en caso que se dañen los espacios públicos como los monumentos, edificios públicos o propiedades privadas que no dieron su consentimiento.

“Estamos haciendo conocer esta disposición a todas las organizaciones políticas, para que conozcan cuál es el procedimiento que tiene que seguir para llevar adelante la campaña electoral y cuáles son las sanciones a las que están expuestas la organizaciones políticas”, afirmó el alcalde Luis Revilla este lunes.

Explicó que las sanciones para las organizaciones infractoras son, básicamente, económicas pues la multa podría ser de 500 a 100 mil bolivianos.

Según el artículo 18 de esta norma municipal, las organizaciones políticas deberán cubrir los gastos de reposición y reparación de los bienes públicos afectados. Mientras que en el artículo 3 de sanciones y reposiciones del Reglamento de Control de la Propaganda Electoral, establece una multa de 20.000 bolivianos por incumplimiento en la reparación de daños, retiro de propaganda electoral o reincidencia, por día de permanencia de la infracción.

También deberán pagar una multa de 2.000 bolivianos, por la difusión de propaganda electoral sin autorización, 10.000 bolivianos por daños causados por la propaganda a los bienes públicos y 15 mil bolivianos de multa por los daños que la propaganda cause a los recintos electorales, según la Ley 092.

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